24/07/2025

El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del Defensor del Pueblo contra la caza del lobo

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el recurso del Defensor del Pueblo contra tres apartados de la ley que permite volver a matar lobos en España. Se trata de la disposición adicional octava, la transitoria única y la final decimonovena de la ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. El recurso presentado por el Defensor plantea que las dos primeras normas vulneran el artículo 45 de la Constitución —relativo al derecho al medio ambiente y su protección—, y la tercera lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva. El ponente del asunto es el magistrado Juan Carlos Campo, exministro de Justicia y miembro del sector progresista del tribunal.

La importancia del recurso y de su admisión a trámite radica en que los preceptos impugnados por el Defensor del Pueblo modifican el régimen de protección del lobo en España. La disposición adicional octava aborda el control de las especies naturales depredadoras, poniéndolo en relación con la eficiencia del sistema productivo. A su vez, la disposición final decimonovena modifica el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. La disposición transitoria única, por otra parte, alude a la salida inmediata de dicho listado de las poblaciones de lobo al sur del río Duero, para el caso de que se cambie su régimen de protección a escala comunitaria, como ya ha ocurrido.

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Fuente de información El País

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